Al ingresar a Chile debes declarar estos productos de forma obligatoria

¡Cuidado! Al ingresar a Chile debes declarar estos productos de forma obligatoria

Antes de viajar a Chile hay una serie de cosas de las que es necesario informarse para el ingreso a ese país y estadía; y una de ellas es cómo declarar los productos de origen animal y vegetal que se ingresan a dicho territorio.

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Según las leyes chilenas todas las personas que ingresen a ese país y que sean mayores de 18 años, deben declarar todos los productos, partes y/o subproductos de origen animal y/o vegetal, que no tengan carácter de carga comercial; sin importar su cantidad o tiempo desde su compra.

El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) tiene inspectores que evalúan los productos para saber si están en condiciones de ingresar al país, pues no declarar este tipo de productos significa multas, por lo que toda persona que vaya a viajar a Chile debe informarse antes.

Libre de insectos

Chile fue declarado desde el año 1995 como país libre de mosca de la fruta (familia Tephritidae), lo cual constituye una ventaja económica mundial y ventaja comparativa para la industria exportadora de productos hortofrutícolas frescos.

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Es importante destacar que es el único país del continente americano que tiene la categoría de libre de estos insectos.

El SAG es la institución de protección fitosanitaria que tiene la responsabilidad de mantener esa condición en el país, por lo que el Programa Moscas de la Fruta, mediante un Sistema Nacional de Detección Sensible, es el encargado de evitar que dicha plaga se establezca en el país.

Por esa razón en todos los puestos de control fronterizo de Chile tienen implementados procedimientos de inspección de equipaje acompañado y de medios de transporte para el ingreso de dicha plaga.

Declaración jurada

El SAG Servicio Agrícola y Ganadero establece que los productos de origen animal, sin fines comerciales que podrían ingresar como equipaje acompañado, deben ser declarados para ingresar al país. Para ellos el pasajero en la “Declaración jurada conjunta ADUANA-SAG” debe señalar dichos productos para posteriormente ser verificados por un inspector del SAG, quien autorizará o no su ingreso.

Dichos productos son entre otros, los productos cárnicos sin hueso, productos lácteos, productos para mascotas, productos industrializados para el consumo humano.

También deben ser declaradas las artesanías, herbarios, insectarios, productos exóticos y otros, a fin de descartar la presencia de plagas y/o especímenes amenazados de fauna y flora silvestre, incluidos en la Convención Internacional CITES.

Los productos de origen vegetal solo podrán ingresar al país, siempre y cuando se encuentren industrializados y que el inspector del SAG haya verificado que se encuentran en su envase original de fábrica, sellados herméticamente y que la rotulación permita identificar su contenido y las condiciones exigidas.

Es importante tener en cuenta que el no declarar los productos que el viajero ingresa a Chile y entregarlos para su respectiva evaluación, puede significar que el producto cause daño a la producción del país, provocando que se tenga que implementar un plan de erradicación y control y con esto causar una gran pérdida económica al país.

El objetivo de esta inspección es prevenir la introducción de enfermedades exóticas, plagas cuarentenarias y especies invasoras.

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