Artistas extranjeros necesitan permiso de trabajo para presentarse en Panamá | YoEmigro.com

Artistas extranjeros necesitan permiso de trabajo para presentarse en Panamá

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en virtud de la ley 10 de 1974, que dicta normas para proteger al artista nacional y trabajadores de música nacional comunica a los promotores y empresas de presentaciones artísticas que, los extranjeros que quieran presentarse en la República de Panamá, incluyendo cantantes, músicos, animadores, sonidistas, luminotécnicos, tramoyistas, maquillistas, coreógrafos y similares deberán solicitar un permiso de trabajo con 20 días de anticipación a la fecha de presentación, señaló Magsanda Abrego, Jefa del Departamento de Migración Laboral del MITRADEL.
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La funcionaria agregó que, la solicitud deberá acompañarse del contrato de trabajo firmado por el artista donde deben señalarse las condiciones del contrato incluyendo el pago de dicho artista, y además deberá realizar el pago del impuesto sobre la renta y pago de cuota sindical.
Abrego aclaró que, en cada presentación de un artista extranjero, este deberá alternar con un artista o agrupación panameña en igualdad de condiciones, incluyendo la promoción y publicidad de ambos artistas. También deberá incluirse en el espectáculo un grupo folclórico nacional. El contrato con el artista panameño y el grupo folclórico deben presentarse con la solicitud de permiso de trabajo del extranjero.
Agregó que, una vez completado el expediente, se asignará un funcionario para realizar la filiación del artista o artistas extranjeros, quienes deberán cumplir con el lugar, la fecha y hora asignada para la filiación. En cada una de las presentaciones de artistas extranjeros estará el personal del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, verificando que se presente un artista panameño y un grupo folklórico.
Si la empresa promotora o el artista extranjero no cumplen con los procedimientos señalados por la Ley 10 de 1974 y Decreto Ejecutivo 38 de 1985, estará sujeta a las multas correspondientes y a la cancelación de la presentación del artista. Este trámite aplica también a los artistas extranjeros que se presenten en la República de Panamá, por promoción, donación o canje de cualquier naturaleza, concluyó la Jefa de Migración Laboral del MITRADEL.
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