DGT habilita canje de permisos de conducir en España de forma online para los que tenían citas asignadas | YoEmigro.com

DGT habilita canje de permisos de conducir en España de forma online para los que tenían citas asignadas

La Dirección General de Tráfico (DGT), ha colgado en su página web una información muy importante para todos aquellos que quieren hacer canjes de permisos de conducir en España, indican que se podrá continuar la tramitación de forma online, pero únicamente para aquellos que tenían cita asignada entre el 16 de marzo y el 22 de mayo de 2020.

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Para este trámite es requisito obligatorio tener certificado digital, DNI electrónico, cl@ve pin o cl@ve permanente para poder autenticarte ante el ente público de forma online, por lo que, si no lo tienes, no podrás hacerlo.

Así mismo, primero debes validar que se ha confirmado el canje de permiso verificando en un enlace indicado por ellos en su página web.

Cualquier duda que tengas puedes llamar al 060.

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La página web que tiene la información es esta de la DGT.

¿Qué documentos necesitas para el canje?

Una vez realizadas las verificaciones pertinentes tendrás que aportar la siguiente documentación:

Solicitud de canje cumplimentada en impreso oficial, donde se incluye una declaración de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y de no poseer otro permiso de la UE o del EEE de igual clase que el solicitado o que haya sido restringido, suspendido o anulado.

Identificación del interesado: original en vigor para acreditar la identidad: DNI, tarjeta de residencia, o pasaporte en vigor.

Acreditación de la residencia:

  • Para ciudadanos no comunitarios: Tarjeta de residencia en vigor.
  • Para ciudadanos comunitarios: Certificado de inscripción en el registro de extranjeros.

Acreditación de que no se residía en España cuando se obtuvo el permiso a canjear:

  • Si tienes DNI, y la nacionalidad española fue obtenida en tu país antes de residir en España, deberás aportar Certificado de Inscripción y Baja Consular expedido por la Embajada de España del país en el que obtuvo el permiso.
  • En otro caso deberás aportar alguno de los siguientes documentos:
    • Tarjeta de Residencia, de Estudiante o Comunitaria.
    • Certificado de inscripción en el registro de extranjeros.
    • DNI, pero antes hubieses tenido Tarjeta de Residencia, deberá aportar Certificado de extranjería. Si en el formulario de solicitud de cita, marca la correspondiente casilla autorizando el cotejo de los datos de identidad, la Jefatura Provincial verificará dichos datos, sin que sea preciso que aporte el certificado mencionado. (Si tiene DNI, y la nacionalidad española fue obtenida en su país antes de residir en España, deberá aportar Certificado de Inscripción y Baja Consular expedido por la Embajada de España del país en el que obtuvo su permiso

En el Impreso oficial puedes autorizar expresamente a la DGT a que compruebe telemáticamente tu domicilio de empadronamiento y del IAE. No obstante, si la DGT no obtiene información válida, deberás subsanarlo aportando la documentación.

Permiso de conducción extranjero a canjear en vigor. En la Jefatura Provincial de Tráfico te podrán solicitar los informes que, en atención a las circunstancias, se estimen procedentes al fin de comprobar la autenticidad, validez y vigencia del permiso de conducir, además del cumplimiento del resto de requisitos.

Número o justificante de pago de haber abonado la tasa correspondiente.

Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.

Fotografía original actual de 32 x26 mm en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.

  • Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación.

En algunos supuestos es necesario realizar pruebas teóricas y/o de circulación dependiendo del tipo de permiso que se quiera canjear. Con carácter general, los permisos de las clases A1, A, B y EB se canjean sin pruebas, el resto de las clases, requieren la superación de algún tipo de prueba que es diferente según el convenio de que se trate. Consulta el listado de pruebas a realizar en el siguiente apartado.

El canje y posterior expedición del permiso de conducir español implica el abono de la siguiente tasa:

  • Cuando no haya que hacer pruebas prácticas:La tasa 2.3 de 28,30 euros
  • Cuando sea necesario realizar pruebas prácticas:La tasa 2.1 de 92,20 euros

Recuerda que esta información es meramente orientativa, cualquier duda, consulta en la web de la DGT o llamando al 060.