Guía y requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia | YoEmigro.com

Guía y requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia

Guía y requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia

Para solicitar la nacionalidad española por residencia, lo primero, obviamente, es residir (vivir) en España con un permiso de residencia legal durante el tiempo mínimo que exige la ley de forma continua e inmediatamente anterior a la solicitud.

Qué es la nacionalidad española por residencia

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.

La obtención de la nacionalidad por residencia requiere la residencia de la persona en España durante el período de residencia exigido, según el caso, de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, así como el cumplimiento de los requisitos de buena conducta cívica e integración.

Tiempos de residencia requeridos para solicitar la nacionalidad española

Los tiempos de residencia en España que indica el artículo 22 del Código Civil para la obtención de la nacionalidad española son los siguientes, y lo indicaremos de menor a mayor tiempo.

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El tiempo comienza a contar desde el momento en que obtuvo la resolución favorable de su residencia, o sea, desde el “Resuelto favorable”, que siempre es anterior a la fecha en que le entregaron su TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero o “carnet de residencia”).

Un año de residencia:

a) El que haya nacido en territorio español y no tenga la nacionalidad porque sus padres no eran españoles al momento de su nacimiento.

b) El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar, por ejemplo, los hijos de españoles nacidos en el extranjero que no solicitaron su nacionalidad antes de cumplir 21 años.

c) El que al tiempo de la solicitud tenga un año casado con español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

d) El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.

e) El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

Dos años de residencia:

Dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.

Los países iberoamericanos son aquellos países de América que tienen como idioma oficial el castellano (o español) y el portugués. Por ejemplo, Venezuela, Colombia, Brasil, Argentina, México y todos los demás que cumplan este requisito.

También bastarán dos años para aquellas personas que tengan doble nacionalidad y una de ellas sea de uno de los países mencionados anteriormente, por ejemplo, alguien con nacionalidad italiana y venezolana, aunque esté en España como italiano, al ser también venezolano puede pedir la nacionalidad a los dos años de residencia.

Cinco años de residencia:

Para aquellos que hayan obtenido la condición de refugiado. Este estatus se consigue cuando la persona pide asilo (protección internacional) y el mismo le es concedido.

No es lo mismo ser solicitante de asilo que tener el asilo concedido. Esto aplica únicamente cuando le otorgan la condición de refugiado (le aprueban el asilo).

10 años de residencia:

Para todos los no contemplados en los apartados anteriores.

Requisitos para la nacionalidad española por residencia

A continuación indicaremos los requisitos comunes para la mayoría de las solicitudes de nacionalidad española por residencia para personas mayores de edad, sin embargo, dependiendo de su caso particular esos requisitos podrían cambiar, por lo que le recomendamos que en cualquier caso se asesore con un abogado colegiado en España para que le indique la lista de requisitos específicos para su situación personal.

Los requisitos principales para solicitar la nacionalidad española por residencia son:

  • Tener el tiempo de residencia en España requerido de acuerdo al caso, continuado e inmediatamente anterior a la solicitud.
  • Pasaporte vigente o con prórroga vigente.
  • Partida de nacimiento apostillada.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado (con menos de 3 meses de emitido).
  • Tener aprobado el examen CCSE del instituto cervantes y en su caso el DELE (para personas de una nacionalidad que no tenga el castellano como lengua oficial).
  • Certificado apostillado de matrimonio en caso de estar casado.
  • Pagar la tasa (104,05 euros a la fecha de este artículo).

Tenga en cuenta también que el artículo 22.4 del Código Civil exige buena conducta cívica, por lo tanto, no debe tener antecedentes penales ni en su país de origen, ni en España. En caso de tenerlos, su nacionalidad será denegada.

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Cómo solicitar la nacionalidad española por residencia

La nacionalidad española por residencia puede solicitarse de forma presencial o telemática. En nuestra opinión, la mejor opción es la telemática por lo que en este artículo nos enfocaremos en las vías telemáticas.

Igualmente, en cualquiera de los casos, la nacionalidad la puedes presentar tú mismo o con ayuda de un tercero. Este tercero puede ser un familiar o amigo, sin embargo, recomendamos que sea con la asesoría profesional de un abogado colegiado en España experto en extranjería y nacionalidad española, como lo son los abogados de YoEmigro.com, liderados por el letrado Enrique Vásquez.

Procedimiento presencial

Se puede solicitar la nacionalidad por residencia de forma presencial a través de cualquiera de las vías especificadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Este trámite puede llevarse a cabo tanto si la solicitud es para uno mismo como si se actúa en representación de un menor de 14 años o de una persona con capacidad modificada judicialmente, de la que se ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Asimismo, se puede completar la solicitud actuando como representante del interesado siempre que se cuente con un mandato o poder que acredite dicha representación.

Solicitar la nacionalidad española por residencia online

La nacionalidad española por residencia puede solicitarla:

  • El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado o a través de representación voluntaria (por ejemplo, mediante abogado colegiado en España).
  • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  • El representante legal del menor de 14 años.
  • La persona con la capacidad modificada judicialmente por sí solo o el representante legal de dicha persona, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

La solicitud la puede hacer a través de la plataforma telemática del Ministerio de Justicia (llamada coloquialmente «plataforma enares»), en la siguiente URL: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/nacionalidad-espanola

Tenga en cuenta que requerirá tener un certificado electrónico, así como ciertas destrezas en el uso de equipos informáticos para instalar el software necesario y escanear y firmar digitalmente los documentos adjuntos.

Además de ello, si comete algún error en los documentos o si alguno de ellos no cumple con los requisitos del Ministerio de Justicia es posible que le hagan un requerimiento para aportar correctamente los documentos que no se subieron o que lo hicieron con errores, lo que podría retrasar hasta en dos años la solicitud, haciendo que se tarde el doble de lo normal. O incluso denegándola si no aportó correctamente el documento requerido.

Con nuestro equipo de abogados colegiados en España, liderados por el letrado Enrique Vásquez, puede hacer su solicitud de nacionalidad española por la plataforma Enares a un precio muy accesible. Contáctenos.

Ventajas de solicitar su nacionalidad española con el equipo de abogados de YoEmigro:

  • Usted no necesita tener certificado digital ni destrezas o conocimientos de informática para hacer la solicitud.
  • El abogado verifica los requisitos, confirma que todo esté correcto, que se haya escaneado de la forma adecuada, que tenga la vigencia exigida por el ministerio.
  • El letrado se encarga de supervisar la solicitud y estar pendiente de si hay requerimientos o problemas con la misma, recibe las notificaciones y le mantiene a usted al tanto de cualquier novedad.
  • Una vez que le sea concedida, el abogado se encarga de obtener la resolución y explicarle los siguientes pasos para hacer la jura para que obtenga su pasaporte español y DNI.

Puede llenar este formulario para pedir un presupuesto sin compromiso para tramitar su nacionalidad española por residencia con nuestros abogados.