Manejar en Panamá: Reflexiones sobre lo que aprendí en la autoescuela

Manejar en Panamá: Reflexiones sobre lo que aprendí en la autoescuela

Llegó el día de aprender a manejar. Lo confieso: a mis 35 años pocas cosas me dan tanto miedo como sentarme detrás de un volante. No tanto por desconfiar de mis capacidades para hacerlo, sino por la imprudencia ajena que desde niña vi en las calles de Venezuela y, ahora, de Panamá. Quizás se deba también al exceso de historias con finales llenos de muertes, amputaciones, exposición de órganos internos y condenas de cadena perpetua que, en un intento por crear conciencia sobre la responsabilidad y los peligros a los que se expone todo conductor; me contaron mis padres, tíos, abuelos, y maestros durante mi adolescencia.
Como si no fuera un trauma infantil suficientemente desestimulante, las calles de la región de Venezuela de donde provengo son el escenario de una especie de batalla épica medieval, en la que choferes y vehículos se baten a duelo constante y las leyes solo son el marco teórico de un chiste realmente malo. Sin tener la necesidad urgente de aprender a conducir, ni un carro propio, que no representara la úlcera o embolia de una tercera persona ante un hipotético choque, jamás me instruí formalmente al respecto.
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Ahora que mi esposo y yo vivimos en Ciudad de Panamá, hemos comprado un auto que resultó una bendición. Todos los días le doy gracias a Dios por la oportunidad de adquirirlo y me motivo a trabajar cada día más para honrar responsablemente el compromiso de pago que hemos adquirido con el banco. Sin embargo, a pesar de la satisfacción que siento, es un poco frustrante tener carro y no saberlo manejar (peor que tener un iPhone sin saldo) así que decidí agarrar «el burro por los cachos» e inscribirme en una escuela para aprender a manejar en Panamá.
Debo decir que la autoescuela me sorprendió gratamente. Un par de señores súper amables y simpáticos nos hicieron un recorrido por el significado de señales y demarcaciones, manejo defensivo y normas de tránsito vehicular en la República de Panamá. Las clases prácticas comenzarán la semana entrante pero, mientras tanto, quisiera compartir con ustedes algunas cosas que nos enseñaron, basados en sus cocimientos y experiencias; sobre la obtención de la licencia y cómo se maneja en este país.
Obviamente muchas de las reglas establecidas en el «Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá» (decreto 640 del 27 de diciembre de 2006) son muy similares a las que contempla la «Ley de Tránsito y Transporte Terrestre » venezolana pero, además de las diferencias puntuales que pueden observarse en la Legislación, todos sabemos que la forma de manejar en una ciudad también se caracteriza por cosas como el clima al que se enfrentan los conductores o las influencias culturales; así que estos son algunos de los puntos más interesantes de lo aprendido en el curso, obviamente desde mi perspectiva de «choferesa amateur».
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01.- No existe nada más peligroso y atemorizante que un peatón. Claro que ellos NO utilizaron esas palabras textuales, pero es el sabor de boca que queda desde el primer día de clases. De acuerdo con los instructores, en Panamá más del 70 por ciento de los juicios por arrollamiento se decide a favor de la persona que transita a pie, a pesar de que en la mayoría de los casos la culpa del accidente haya sido suya por imprudente. Para apelar el fallo, deberás acudir a un Tribunal de Segunda Instancia, asistido por un abogado. En otras palabras, no importa si el peatón se lanzó a la vía, si decidió caminar debajo de la pasarela en un desfile de modas imaginario sobre el asfalto, o te tendió una trampa de la que no pudiste escapar: Cualquier minúscula cosita que le pase a un ser humano que atropelles es tu responsabilidad (incluso si tal desgracia ocurre en una autopista o corredor, por donde se supone que los peatones tienen prohibido desplazarse, según el artículo 161). Así que la primera nota mental que archivé en mi disco duro fue: «no solo debo cuidarme de los perritos que anden por la calle corriendo alegremente con su lengua afuera, de hocico al viento, cola agitada, orejas levantadas y actitud distraída; también debo hacerlo de las personas que andan a pie o en bicicleta si no quiero pasar el resto de mi vida en la cárcel».
02.- Un amigo con licencia nunca está de más. El artículo 133 del reglamento de tránsito de Panamá contempla un procedimiento que para algunos extranjeros puede resultar poco familiar. Cuando un funcionario de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre sorprende a un conductor que va solo en el carro y no porta licencia, la tiene deteriorada o se niega a mostrar este documento; la persona NO podrá seguir manejando. Pero ¿qué pasa con el automóvil que queda solo, triste y desamparado sin chofer que lo maneje? Pues será montado en una grúa para su almacenaje y custodia, a menos que… (esta es la parte en la que pensamos en un juego de luces, música de fondo, cerramos los ojos y visualizamos a al presentador de ¿Quién quieres ser millonario?)… ¡Uses el comodín de llamar a un amigo! Sí señor, el texto del artículo advierte que «se exceptúa la remoción del vehículo, solamente cuando al lugar de la infracción se presente de forma inmediata una persona con licencia de conducir vigente y adecuada al tipo de vehículo retenido». Moraleja: tener el teléfono celular siempre a mano y, por nada del mundo, alimentar peleas estúpidas con amigos que tengan sus papeles en regla. Nunca se sabe.
03.- El carro es como el marido: ¡No se presta! No se trata de ser egoísta ni ponerse a pensar que te van a mover la posición del asiento, cambiarán la emisora por alguna donde suene reguetón todo el día y dejarán impregnado, en la misma butaca donde posas tu hermosa cabecita, el empalagoso olor de ese perfume a dulce que tanto detestas pero que tus amigas se empeñan en usar. Por difícil que sea imaginarse algo peor que eso, la verdad es que hay otras razones por las que es mejor pagarles un taxi… ¿Sabías que si le prestas tu carro a una persona que lo utiliza para cometer un hecho punible, podrías terminar en la cárcel? Incluso si no tenías la más mínima idea de que tú amigo de toda la vida amaneció ese día con ganas de atracar un banco o secuestrar a alguien. Por otra parte, si el carro se ve involucrado en un choque, podrás asistir al juicio solo en calidad de observador, ya que el conductor será el único facultado para defenderse a sí mismo en esa primera instancia que, en Panamá, es verbal. También está prohibido entregar el vehículo para su manejo a una persona que carezca de la licencia de conducir o con licencia inadecuada, así que evita darle clases a tu hermanito o a tu novia en la calle frente a tu casa, porque estarías corriendo el riesgo de ser multado. En otras palabras: acude a una autoescuela.
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04.- Acumular puntos no siempre es bueno. Es definitivo: andar por la vida ganando puntos no siempre es sinónimo de que lo estás haciendo bien, a menos que seas personaje de algún videojuego. Esto de los puntos al conducir me recuerda las veces que siendo apenas una niña, cada vez que hacía algo que no debía, mi mamá me decía con voz amenazante: «estoy vendiendo una rifa y tú estás comprando todos los números»… En Panamá pasa algo parecido cada vez que violamos las normas mientras manejamos un auto. Sucede que los conductores acumulan puntos por cada infracción que cometen en un período continuo de 12 meses. Transcurrido este tiempo, el puntaje acumulado se elimina para iniciar en cero de nuevo (e irlos acumulando de nuevo por 12 meses más). Como si no fuera suficiente estrés pasar por la vergüenza de estar ganando puntos por «meter la pata», resulta que, si dentro de uno de estos períodos de 12 meses el historial del conductor alcanza una puntuación de 35 puntos o más, la Autoridad del Tránsito procederá a suspender su licencia de conducir por un año. Así que ya saben, no basta con los peatones, ciclistas, perritos, teléfonos, luces altas, puntos ciegos, señales de tránsito, marcas sobre el pavimento, límites de velocidad, retenes, corredores, peajes, limpiavidrios, malabaristas, retrovisores, trabajos en la vía, señales rojas, amarillas, verdes, azules, blancas; lluvias, gasolina, autobuseros, baches, remolques, grúas, túneles, distribuidores, rotondas, intersecciones, etc… También tienes que ir contando puntos.
Probablemente muchas de estas cosas sean «pan comido» para quienes ya son expertos en el exquisito arte de manejar. Pero desde mi perspectiva de novata es interesante conocer estos detalles… por cierto que, en la misma onda de mis padres y tías, durante el curso también nos proyectaron videos de choques sangrientos, muñecos de prueba que salen disparados por el aire al no tener cinturón de seguridad, vehículos arrastrados sin piedad por trenes en movimiento y mucha, pero mucha, carrocería destrozada, vuelta añicos, como consecuencia de colisiones. Si no fuera porque ya pagué, les juro que tiro la toalla.
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A manera de cultura general, estos son algunos datos curiosos que vale la pena conocer:

  • El día de la prueba de manejo debes llevar un vehículo. Si no tienes ninguno, en la sede del Sertracen hay donde arrendarlo. Si tienes carro pero no cuentas con nadie que te lleve a las oficinas donde harás las pruebas (en vía España, llegando a Los Pueblos), no podrás usar tu propio automóvil pues ¿cómo vas a manejarlo hasta allá si no tienes licencia? (un poquito irónico, ¿no?)
  • No importa cuánto calor haga o que tan fuerte llueva. Olvídate dejar el carro encendido mientras está «parqueado» con una persona adentro. La legislación vigente establece que, «cuando el conductor se retire del vehículo estacionado, apagará el encendido del motor, retirará las llaves, aplicará el freno de estacionamiento y cerrará las puertas con llave». Así que ya sabes, tampoco puedes dejarlo abierto.
  • Si vienes de Venezuela presta mucha atención a lo siguiente: De acuerdo con la ley vigente en Panamá, «para indicar a los vehículos que viajan detrás o le siguen en la marcha la inconveniencia de adelantarse, los conductores activarán la luz direccional izquierda». Es decir, todo LO CONTRARIO a nuestra extendida costumbre de que, si el carro que tenemos adelante en una carretera pone la luz de cruce izquierda, es para indicarnos que podemos rebasarlo. Así que ¡pilas! Podemos poner en peligro no solo nuestra vida sino la de otras personas por interpretar mal las señales o dar por sentado que aquí todo funciona como en casa.
  • Si prefieres salir de copas cerca de tu hogar, para poder regresar a pie y así no tener que manejar, igual estarás en problemas. El reglamento prohíbe que los peatones caminen en estado de embriaguez comprobada.
  • El conductor está obligado, no solo a usar el cinturón de seguridad, sino a exigir a todos sus pasajeros que lo utilicen. En otras palabras, si el copiloto no lleva puesto el cinturón, es culpa de quien maneja el vehículo (y podría ser multado).
  • Las competencias de velocidad o de aceleración en las vías públicas son conocidas en Panamá con el nombre de «regatas» y, obviamente, están expresamente prohibidas en el reglamento de tránsito
  • Los propietarios de vehículos están obligados a mantener vigente un seguro de responsabilidad civil que comprenda como mínimo: Responsabilidad por daño a la propiedad ajena por el monto mínimo de 5.000 dólares; y responsabilidad de lesiones corporales de 5.000 dólares por persona y 10.000 dólares por accidente… ¡Ah! y es obligatorio portar la póliza de seguros pues podrá ser solicitada por un funcionario de tránsito en cualquier momento.
  • Finalmente, y como seguramente ya sabes, los vehículos matriculados en otros países que ingresen a Panamá, podrán transitar libremente por 90 días, siempre y cuando cuenten con un permiso de circulación expedido por la Autoridad de Tránsito. Así mismo, los extranjeros en calidad de turistas no podrán obtener licencia y solamente podrán conducir vehículos con licencia vigente de su país de origen durante 90 días.

 
En la autoescuela hicimos una práctica de examen teórico para visualizar más o menos como sería esta prueba el día que vaya a sacar la licencia. Contesté todo correctamente. Lástima que todas sean de selección múltiple y en ninguna exista la posibilidad de plantearle a las autoridades competentes mi opinión sobre el comportamiento de algunos peatones. El reglamento establece que las personas que transitan a pie no solo tienen derechos, sino también responsabilidades, normas y prohibiciones; y que deben aplicarle las sanciones correspondientes cuando las violan, por la seguridad de todos… ¿Se cumple esa parte de la ley?, ¿tú qué opinas?
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María José Flores