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Trámites necesarios para contratar un extranjero en Perú

En el paso del tiempo se están aplicando sistemas para poder permanecer de forma segura en un país y así mantener el orden a nivel migratorio. En este caso, se presentan los tramites legales para contratar extranjeros en el Perú.

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Estos son los 6 pasos que debes seguir para contratar a un ciudadano extranjero en el Perú:

El permiso especial

Se debe gestionar un permiso especial que lo autorice a suscribir documentos, su costo es 16 soles y se obtiene el mismo día. El trámite se realiza en las oficinas de Migraciones.

Validación del Ministerio de Trabajo

Este documento le va a permitir a tu trabajador firmar contratos de trabajo o servicio en nuestro país, es por eso que debe ser validado ante el Ministerio de Trabajo.

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Condición migratoria temporal o residente

Continuando con el trámite el trabajador debe regresar a la oficina de Migraciones para solicitar la condición migratoria temporal o residente, según el tiempo de duración de su contrato laboral. El trámite no debe durar en promedio 30 días y cuesta 117.60 soles.

En caso el trabajo dure solo unos meses se puede solicitar la calidad migratoria de Trabajador Temporal o Designado Temporal. En este caso, el trámite estará listo en unos 183 días con posibilidad a renovación.

Aquellos extranjeros que deseen permanecer por un tiempo mayor pueden optar por la calidad de Trabajador Residente o Designado Residente. El trámite toma unos 365 días y puede ser renovado.

Una vez que se cuente con el contrato, la empresa empleadora deberá estar activa y hábil ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Sunat.

Trabajar de manera legal en el Perú contribuye al crecimiento económico. Además de ello la ley también contempla que un extranjero con dos años de permanencia legal, pacífica y continua en el país.

Esta condición le permite al ciudadanos extranjero que pueda solicitar su DNI. En consecuencia ya no serían necesarios los trámites periódicos para regularizar su condición migratoria.

Sin embargo, no todos los ciudadanos extranjeros pueden ser contratados, por eso te explico cuáles son la situaciones excluidas del régimen de contratación de ciudadanos extranjeros.

Situaciones Especiales excluidas del régimen de la contratación de trabajadores extranjeros

Existen supuestos en los que, pese a que la persona a contratar sea un ciudadano extranjero, su contratación no se encontrará sujeta a las disposiciones de la Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros, sino que deberá regularse exclusivamente por las disposiciones establecidas por el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR (en adelante, LPCL). Entre otros:

  • Extranjeros con cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos peruanos.
  • Inmigrantes que cuenten con una Visa de Inmigrante.
  • En virtud de convenios bilaterales o multilaterales celebrados por el Gobierno, presten sus servicios en Perú.
A la fecha existen 3 grandes situaciones especiales a tener en cuenta, las mismas que desarrollaremos a continuación:
Contratación de Trabajadores Extranjeros de nacionalidad española

Los ciudadanos extranjeros de nacionalidad española que deseen trabajar en el Perú pueden ser contratados como un trabajador nacional, es decir, a plazo determinado o indeterminado. En tal sentido, su contratación laboral no se encuentra sujeta al cumplimiento de las limitaciones mencionadas anteriormente, señaladas por la Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros.

Contratación de Trabajadores Extranjeros Migrantes Andinos

Se ha establecido un régimen de contratación laboral especial para trabajadores migrantes andinos (clasificándose en trabajador con desplazamiento individual, trabajador de empresa, trabajador de temporada y trabajador fronterizo) entendiéndose por éstos, a aquellos trabajadores nacionales de los países miembros de la CAN, que se trasladan con fines laborales bajo una relación de dependencia temporal o permanente.

Contratación de Trabajadores Extranjeros ciudadanos de los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile
Países que no se encuentran sujeto a la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros
  • Argentina
  • Bolivia
  • Brasil
  • Chile
  • Colombia
  • Ecuador
  • Paraguay
  • Uruguay

Pueden ser contratados de la misma manera que un trabajador nacional, a plazo determinado o indeterminado.

Es de mencionar que, los ciudadanos extranjeros de nacionalidad española, boliviana, Colombia, ecuatoriana, brasileña, paraguaya, uruguaya y chilena si bien pueden ser contratados como trabajadores nacionales, tal situación no exime a los referidos ciudadanos de realizar los procedimientos migratorios correspondientes, a efectos de obtener su Calidad Migratoria habilitante para laborar en el Perú, conforme se desarrollará en el siguiente capítulo.

Aspectos de la contratación laboral de extranjeros en el Perú

La contratación de trabajadores extranjeros en el Perú se encuentra regulada por el Decreto Legislativo No. 689 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No. 014-92-TR. Normas que establecen los requisitos que deben cumplirse para la contratación de extranjeros  y la obtención de calidad migratoria habilitante.

Si el extranjero ha ingresado al país en calidad de turista, no está autorizado para firmar contratos, es por esto deberá primero tramitar ante la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior (DIGEMIN) una autorización especial para firmar contratos. La cual tiene treinta días naturales de vigencia.

La autorización es un sello en el pasaporte y en la tarjeta migrante andina. Dicho tramite habilita para suscribir un contrato de trabajo en el Perú.

El contrato de trabajo de extranjeros, es un tipo especial de contrato, que necesariamente debe celebrarse por escrito, toda vez que el cumplimiento de sus requisitos deberá ser verificado por la Autoridad Administrativa de Trabajo, la cual deberá expedir una resolución autorizándolo.

El extranjero que se contrate en Perú, debe acreditar una situación de excepcionalidad para acceder a un puesto de trabajo en el país. Deberá adjuntar una copia apostillada del título profesional ó técnico expedido en el exterior ó adjuntar un certificado de experiencia profesional expedido en el exterior. Tanto la copia del título profesional o el certificado de experiencia profesional deberán contar con la respectiva traducción oficial y además deberán de estar vinculados con el objeto del contrato.

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Los datos de la planilla que se presentarán ante la Autoridad Administrativa de Trabajo deberán tomarse del documento del mes inmediato anterior a la presentación de la solicitud de contratación del trabajador extranjero; esto se consignará en un documento que tiene carácter de declaración jurada en donde la empresa manifiesta que se encuentra dentro de los porcentajes limitativos fijados por la ley.

Al tratarse de una modalidad especial de contratación, el contrato de trabajo de extranjeros debe incluir necesariamente lo siguiente:
  • La aprobación del contrato por la Autoridad Administrativa de Trabajo no autoriza al extranjero a que empiece a prestar sus servicios a la empresa. El inmigrante tiene que obtener carnet de extranjería con calidad de “trabajador residente”. Esto bajo responsabilidad de la empresa empleadora.
  • El compromiso de la empresa empleadora de transportar al trabajador extranjero y a sus  dependientes identificados en el contrato hacia su país de origen –o al que convengan- una vez finalizada la relación laboral.
  • Una cláusula en donde se establezca el compromiso de capacitar a personal nacional en la misma ocupación que desempeña el trabajador extranjero.
  • El plazo máximo de duración de los contratos de trabajo de extranjeros en el Perú es de tres (3) años, pudiendo ser renovados por otros periodos que no excedan de ese plazo.

En esta solicitud deberá acreditarse que el personal extranjero se encuentra en los supuestos que permiten la exoneración  de los porcentajes limitativos;

La ley peruana exonera del trámite legal para la aprobación de contratos de extranjeros ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Esta organización los considera como trabajadores nacionales a los siguientes:
  • Extranjero con cónyuge; ascendientes, descendientes o hermanos peruanos.
  • Con calidad de inmigrante.
  • Extranjero con calidad de refugiado político.
  • Inmigrante cuyo país exista un tratado de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad.
  • Personal extranjero de empresas extranjeras que se dediquen al servicio internacional de transporte ó que labore en empresas de servicios multinacionales o en bancos multinacionales, siempre que esté sujeto a las normas legales establecidas para estos casos especiales.
  • Personal extranjero que en virtud de convenios bilaterales celebrados con el gobierno peruano, preste servicios en el país.
  • Al inversionista extranjero, haya o no renunciado a la exportación de capital y utilidades de su inversión, siempre que tenga un monto permanente de inversión durante la vigencia del contrato de trabajo no menor de 5UIT.
  • Los artistas, deportistas y aquellos que actúen en espectáculos públicos en territorio peruano durante un plazo máximo de tres (3) meses consecutivos o alternados en el lapso de un año.

Perú es unos de los países que mantiene el Convenio de la Apostilla de La Haya que permite la validez de documentos públicos extranjeros. Si el extranjero proviene de un Estado que no ha aprobado dicho Convenio, se deberá:

  • Presentar una copia legalizada consularmente del título profesional. De preferencia, la experiencia profesional deberá ser no menor a tres (3) años.
  • El estado civil deberá acreditarse con las respectivas certificaciones o constancias del Registro de Estado Civil.
En virtud de la Ley No. 27891 (Ley del Refugiado) no se le aplican al refugiado político las restricciones para la contratación de extranjeros.
Caso Venezuela

El gobierno aprobó lineamientos para el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia (PTP).

Esto da beneficios a los venezolanos que ingresaron legalmente al Perú y que se encuentran en el territorio nacional. Esto antes del 1 de agosto del 2017.

Estas personas no deben tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales a nivel nacional e internacional.

Con ese permiso, se faculta a la persona beneficiaria a trabajar formalmente en el territorio nacional. En el marco de la legislación peruana, se aplicarán las reglas de contratos temporales, a tiempo indeterminado. Así como el pago de los beneficios sociales como Compensación por Tiempo de Servicios(CTS) y seguro social.

Fuente