Niegan nacionalidad española a venezolano que erró al citar comunidades: "Galacia y Astoria" | YoEmigro.com

Niegan nacionalidad española a venezolano que erró al citar comunidades: «Galacia y Astoria»

La Audiencia Nacional ha confirmado la resolución administrativa que deniega la nacionalidad por residencia a un inmigrante venezolano asentado en España desde 2008. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que sus respuestas en una entrevista y cuestionario arrojan que incumple uno de los requisitos para obtener la ciudadanía española, el de tener un suficiente grado de integración en la sociedad española. La sentencia recoge que erró al referirse a varias autonomías, entre ellas Galicia y Asturias, a las que citó como «Galacia» y «Astoria». Sí contestó bien al apuntar Baleares y Canarias como comunidades insulares. Otras respuestas incorrectas fueron identificar al exministro y actual comisario europeo Miguel Arias Cañete como «un famoso empresario del ramo textil español» o citar únicamente a Esperanza Aguirre cuando se le planteó que nombrase a dos políticas españolas «famosas». Para los magistrados, sus respuestas demuestran «un desconocimiento de aspectos básicos» de la «realidad institucional y cultural» del país donde tiene su residencia.

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Desde una reforma que entró en vigor en 2015 la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, uno de los requisitos para obtener la nacionalidad española por residencia, es controlada por el Instituto Cervantes, que elabora y evalúa los exámenes. Antes del cambio, esta integración se comprobaba con una entrevista en los registros civiles.

Y esto último es lo que ocurrió en el caso que protagoniza esta sentencia, ya que las pruebas las hizo antes de la reforma legal. La entrevista y cuestionario se realizaron en 2014 en un Registro Civil de Barcelona. Una de las preguntas planteadas fue sobre Galicia. Concretamente, anotó que A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra integran la comunidad de «Galacia». A Asturias se refirió como «Astoria» cuando le preguntaron de donde era capital Oviedo. Y en otra respuesta se refirió a la Generalitat de «Cataluya».

No es la primera vez que una cuestión sobre la comunidad gallega, junto a otras respuestas incorrectas, lleva a la Audiencia Nacional a confirmar la denegación de la nacionalidad a ciudadanos extranjeros. Otra reciente resolución judicial se centró en el caso de un inmigrante de Marruecos que no supo contestar a la pregunta de dónde está situada la ciudad de Vigo.

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Familia y empleo

La sentencia sobre el ciudadano venezolano deriva del recurso que el afectado presentó contra la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado que rechazó darle la nacionalidad. La jueza del Registro Civil había emitido de forma previa un informe desfavorable a la concesión, criterio que fue coincidente con el de la Fiscalía. El abogado del inmigrante alegó que la decisión era «absolutamente desproporcionada y carente de base legal», ya que su cliente tiene un correcto conocimiento del idioma por ser su lengua materna, es conocedor de la realidad social, política y económica y, en el ámbito familiar, tiene pareja de nacionalidad española, así como primos, sobrinos y amigos. Además, ha tenido empleo de forma regular.

Pero la Audiencia Nacional rechaza los argumentos esgrimidos. Considera que las respuestas que dio en el cuestionario demuestran un «desconocimiento» de cuestiones relativas a geografía, cultura y costumbres del país, citando otra sentencia, por un supuesto idéntico, que ve aplicable a este caso. «Si bien el nivel de exigencia en cuanto al conocimiento de las instituciones españolas puede modularse en función del grado de instrucción del interesado y de las demás circunstancias que concurran en el mismo, […] el desconocimiento de las instituciones básicas resulta incompatible con el ejercicio de los derechos políticos que lleva consigo la obtención de la nacionalidad, y trasciende de lo que es el desenvolvimiento en el ámbito laboral y familiar en España […]», afirma el referido fallo.

Otras sentencias de la Audiencia Nacional de este 2018 usan argumentos similares para ratificar la negativa administrativa a conceder la nacionalidad. Como el caso de un inmigrante de Marruecos que desconocía quién fue Franco o el autor de El Quijote. Otro fallo se refiere a una mujer dominicana que no supo citar ningún premio Nobel español ni ningún autor literario de renombre. En otra resolución se analiza el caso de un argelino que contestó que el Premio Cervantes se le otorga al «máximo goleador de la Liga». Y en otra sentencia más la denegación volvió a tener como motivo no superar ese examen. El hombre, de Senegal, contestó que en España hay pena de muerte y que cuenta con 5 comunidades.

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