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Requisitos para obtener una visa de residente en Ecuador

Los extranjeros en Ecuador tienen dos alternativas migratorias para establecerse en el país y es la visa de residencia temporal y la de residencia permanente.

Quito-Ecuador

La nueva Ley Orgánica de Movilidad Humana establece que los extranjeros que cuenten con la visa de Residencia Temporal están autorizados para permanecer en el país por un período de dos años y la misma puede ser renovada solo una vez. Una vez vencido este lapso, el ciudadano debe solicitar la Residencia permanente en caso de que desee establecerse de manera definitiva en Ecuador.

Requisitos para solicitar Visa de Residencia Temporal

  1. Formulario de solicitud de visa de residencia temporal, el cual debe ser descargado de la Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
  2. Pasaporte vigente y con validez mínima de seis meses.
  3. Certificado de antecedentes judiciales o penales o policiales del país de origen, o del último país en el que hubiera residido el solicitante, durante los últimos cinco años.
  4. Contar y acreditar solvencia económica, o medios lícitos de vida, que le permitan cubrir sus necesidades, mientras dura su estadía en el país.
  5. Pago del costo del trámite de la visa.
  6. Certificado de Movimiento Migratorio.

Para hacer la solicitud es necesario programar una cita en el «Sistema Virtual para Emisión de Visas», en la página Web de la Cancillería de Ecuador.

También es importante tomar en cuenta que el gobierno de Ecuador estableció diferentes categorías de visas temporales a las que los ciudadanos pueden optar, por lo que a los requisitos generales se le deben adjuntar algunos requisitos adicionales según el tipo de visa solicitado.

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Las categorías de visas temporales en Ecuador son:

  • Residencia Temporal- trabajador
  • Residencia Temporal- Rentista
  • Residencia Temporal- jubilado
  • Residencia Temporal- Inversionista
  • Residencia Temporal – Científico, Investigador o Académico
  • Residencia Temporal – Deportista. Artista o Gestor Cultural
  • Residencia Temporal – Religioso o Voluntario Religioso
  • Residencia Temporal – Voluntario
  • Residencia Temporal – Estudiante
  • Residencia Temporal – Profesional. Técnico, Tecnólogo o Artesano
  • Residencia Temporal – Amparado
  • Residencia Temporal – Convenio

Visa de Residencia Permanente

Esta visa es otorgada a los extranjeros que desean establecerse de forma indefinida en el país, por lo que el documento los autoriza a llevar a cabo actividades lícitas en todo el territorio nacional.

Para solicitar esta visa es necesario cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

  1. Tener visa de residencia temporal por un período no menor de 21 meses y presentar la solicitud de la residencia permanente antes del vencimiento de esta visa.
  2. Estar casado o en unión de hecho con un ciudadano ecuatoriano.
  3. Presentar alguna discapacidad o ser menor de edad dependiente de un ciudadano extranjero titular de una visa de residencia permanente o de un ciudadano ecuatoriano.
  4. Contar con un lazo de parentesco dentro del segundo grado de afinidad o consanguinidad de un ciudadano extranjero que cuente con una visa de residencia permanente o de un ciudadano ecuatoriano.
Requisitos

En primer lugar el ciudadano extranjero debe programar una cita en el «Sistema Virtual para Emisión de Visas», en la página Web de la Cancillería de Ecuador y presentar los siguientes requisitos:

  • Formulario de solicitud de visa de residencia permanente, el cual debe ser descargado de la Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
  • Visa de residencia temporal de Mercosur.
  • Pasaporte vigente y con validez de al menos seis meses.
  • Certificado de antecedentes penales del Ecuador. (La verificación será realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana)
  • Acreditación de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del solicitante y su grupo familiar conviviente, mediante la presentación de la Declaración del Impuesto a la Renta o Certificado de Aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
  • Pago del costo arancelario de la visa.

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