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Guía para viajar a España si eres familiar de comunitario

Si eres familiar de una persona con nacionalidad española, italiana, portuguesa, francesa, alemana o de cualquier otro país de la Unión Europea (lo que comúnmente se llama “familiar de comunitario”), y quieres saber cuáles son los pasos y requisitos que debes cumplir para entrar a España; presta atención a este post.

Guía para viajar a España si eres familiar de ciudadano europeo

Es importantísimo que sepas que, para poder beneficiarte de esta información como “familiar de comunitario”, debes cumplir necesariamente las siguientes dos condiciones:

  1. Debes viajar acompañado por el ciudadano europeo o venir a España a reunirte con él (o ella).
  2. Este artículo sólo aplica en el caso de que seas uno de los siguientes familiares del ciudadano comunitario: cónyuge, pareja, hijo propio o de la pareja menor de 21 años.

En el caso de la pareja, podemos hablar de parejas de hecho registradas y parejas de hecho no registradas. Se considera “pareja registrada” a la registrada previamente en algún país de la Unión Europea. Estamos ante una “pareja no registrada” cuando las personas conviven como si estuviesen casados y/o tienen una pareja de hecho en un país que no pertenece a la Unión Europea. En este caso, se necesita una autorización especial emitida por el consulado de España o, en su defecto, un visado de familiar de comunitario.

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Viajar a España si eres familiar de comunitario o de español

Algo que debes tener muy presente desde el primer día en que planifiques tu viaje es que, aunque no tengas nacionalidad de ningún país europeo, NO entrarás a España “como turista” (ya que tu condición de familiar de comunitario te concede derechos que los turistas no tienen).

Esto significa que no necesitas estar vacunado, pero sí debes realizarte una prueba PCR o un test de antígenos; y debes cumplir con todos los requisitos de salud especificados en la página https://www.spth.gob.es.

En el caso de viajar a España como familiar de español o de comunitario, y en sintonía con tu derecho de entrada, salida, libre circulación y residencia en la Unión Europea; no requieres pasaje de avión ida y vuelta, ni seguro de viaje, así como tampoco demostrar medios económicos.

Lo que sí necesitas demostrar es tu vínculo con el ciudadano europeo y que vienes a reunirte con él en caso de que no viaje contigo. Por lo tanto, puedes viajar con pasaje de avión sólo ida, sin tener que demostrar medios económicos y sin presentar reserva de hotel, ni carta de invitación.

También necesitas tener tu pasaporte vigente, sin excepción. Recuerda que estarás entrando a un espacio común sin controles internos de fronteras entre los países que conforman la “Zona Schengen” y los requisitos de entrada son iguales para todos ellos. Puedes consultar información adicional en el post “Requisitos y vigencia que debe tener tu pasaporte para viajar a España”, que publicamos hace poco en YoEmigro.com.

Una vez que estés en España, estamos a la orden para hacer tu trámite de residencia de forma telemática, con la mejor asesoría y sin que tengas que buscar citas ni ir a la oficina de extranjería.

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Vídeo de cómo hacer para viajar a España si eres familiar de comunitario

Este vídeo publicado en el canal de YouTube del experto migratorio Enrique Vásquez puede explicar más fácilmente el procedimiento.

Viajar si eres de una nacionalidad que requiere visa para viajar a Europa

Si eres nacional de un país que requiere visado para entrar a la Zona Schengen, y quieres venir a España a acompañar o a reunirte con tu familiar comunitario, además de todo lo anterior necesitarás solicitar el correspondiente visado en el consulado de España en tu país o en un país en el que tengas residencia legal. Actualmente hay solo cuatro nacionalidades de América Latina que requieren visado: Ecuador, Bolivia, República Dominicana y Cuba.

Requisitos para viajar a España acompañando a tu familiar comunitario

Los siguientes requisitos aplican sólo si viajan juntos (si vienen en el mismo avión y al mismo tiempo):

Si son cónyuges y tienen el matrimonio registrado en el país europeo:

  1. Si el cónyuge es español, necesitas una literal de matrimonio española.
  2. Si el cónyuge es de otro país de Europa, necesitarás un certificado de matrimonio en formato plurilingüe.
  3. En cualquiera de los dos casos, el certificado debe tener preferiblemente menos de tres meses de emitido.
  4. Si no tienes la posibilidad de conseguir a tiempo el certificado de matrimonio, mira el punto siguiente.

Si son cónyuges y NO tienen el matrimonio registrado en el país europeo:

En este caso, necesitarán un certificado de matrimonio del país de celebración con, preferiblemente, menos de tres meses de emitido y debidamente apostillado.

Si son hijos propios o de la pareja, menores de 21 años.

  1. Certificado de nacimiento apostillado del hijo, preferiblemente con menos de tres meses de emitido.
  2. Si el hijo es sólo de la pareja no europea y es menor de edad, también necesitarán el permiso de viaje y el poder apostillado del otro padre; o documento que demuestre que el progenitor con el que viaja tiene la patria potestad total del menor.

Requisitos para viajar a España a reunirte con tu familiar comunitario.

Esto aplica únicamente si tu familiar español o europeo se encuentra en España o es residente en España.

 Ser residente en España significa que:

  1. En el caso de los españoles, tiene su DNI y está empadronado en España.
  2. Respecto a los europeos, deben tener su registro de ciudadano comunitario (tarjeta verde o NIE verde) y estar empadronado en España.
  3. Mejor aún si también tiene un contrato de arrendamiento o un contrato de trabajo en España.

En este caso, adicional a los requisitos de cuando viajan juntos, también necesitarás lo siguiente:

  • Copia del DNI del ciudadano español o del NIE verde del ciudadano europeo.
  • Copia del certificado de empadronamiento del ciudadano europeo o español.
  • Copia de su contrato de arrendamiento de vivienda (en caso de que lo tenga).
  • Copia de su contrato de trabajo o alta de autónomo (en caso de que esté trabajando).

Tips importantes para viajar a España si eres familiar de comunitario

Recuerda que estás amparado bajo el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

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Son específicamente los artículos 1, 2, 3 y 4 de este Real Decreto los que te habilitan para poder entrar a España.

Tu condición de familiar de comunitario también está contemplada en la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen, por razones de orden público y salud pública, con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y sus respectivas modificaciones.

Billete de avión ida y vuelta o sólo ida.

Ten en cuenta que, es muy probable que la aerolínea exija que el no europeo adquiera billete de avión ida y vuelta, así que si quieres ir con más tranquilidad y seguridad, para tu cónyuge no europeo adquiere el pasaje de avión ida y vuelta y así no tendrás problemas al momento de embarcar en el aeropuerto de salida.